¿Cuáles son las condiciones de acceso a los Máster oficiales?
Los establecidos en el RD 822/2021 y en el acuerdo de la Comisión del Distrito Único Andaluz para cada curso académico.
Para el acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Máster, se precisa cumplir alguna de las siguientes condiciones:
1. Estar en posesión de un título español de Graduado o en su caso disponer de otro título de Máster universitario, o del título de Arquitecto/a, Ingeniero/a, Licenciado/a, Arquitecto/a Técnico/a, Diplomado/a, Ingeniero/a Técnico/a o Maestro/a, u otro expresamente declarado equivalente u homologados a alguno de ellos.
2. Estar en posesión de un título del mismo nivel que el título español de Grado o Máster expedido por universidades e instituciones de educación superior de un país del Espacio Europeo de Educación Superior que en dicho país permita el acceso a los estudios de Máster.
3. Estar en posesión de un título procedente de sistemas educativos que no formen parte del Espacio Europeo de Educación Superior, que equivalgan al título de Grado, sin necesidad de homologación del título, pero sí de comprobación por parte de la universidad del nivel de formación que implican, siempre y cuando en el país donde se haya expedido dicho título permita acceder a estudios de nivel de postgrado universitario.
En ningún caso el acceso por esta vía implicará la homologación del título previo del que disponía la persona interesada ni su reconocimiento a otros efectos que el de realizar los estudios de Máster.
4. Estar cursando un Grado universitario en una universidad española y que, como máximo, solo le reste por superar la acreditación de la competencia lingüística en idioma extranjero requerida, el Trabajo Fin de Grado (En adelante TFG) y como máximo 9 créditos ECTS para obtener el título de Grado.
5. Estar cursando un Grado universitario vinculado a un Programa Académico de Recorrido Sucesivo (en adelante PARS) en una universidad pública andaluza y que solo le reste por superar, para obtener el título de Grado, la acreditación de la competencia
lingüística en idioma extranjero requerida y un máximo de 30 créditos ECTS, incluido el TFG, en las condiciones establecidas en la memoria de verificación de dicho PARS
NOTA IMPORTANTE: para los supuestos 4 y 5 anteriores, la participación en el procedimiento de admisión se producirá, exclusivamente, en la fase 3 del procedimiento para el ingreso en los Másteres Universitarios.